SOLICITUD APLAZAMIENTO – FRACCIONAMIENTO: ELEVACION DEL LIMITE EXENTO DE OBLIGACION DE APORTACION GARANTIA
Fecha Publicación B.O.E.: 20/10/2015. Entrada en vigor: 21/10/2015
A las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas a la Agencia Tributaria u Organismos de la Hacienda Pública Estatal, presentadas a partir del 21/10/2015, no se exigirán garantías de pago cuando su importe conjunto no exceda de 30.000€ .
Se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas de la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento/fraccionamiento, y el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de deudas aplazadas/fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
DEPARTAMENTO FISCAL: Inmaculada Sastre y Carpena